domingo, 27 de enero de 2008

IGUALDAD

“La igualdad y la objetividad como base indispensable de la democracia”

El borrador para discusión Memorial Explicativo del libro Segundo las Instituciones Familiares Título I CONSTITUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA DE LA FAMILIA expone lo siguiente en la primera página:

“El Derecho de familia puertorriqueño ya no se corresponde con la realidad social inmediata
8 actual. Se impone, por tanto, reconocer y estructurar el “Derecho de las familias”, ya que las
9 personas hoy se relacionan e interactúan, en asociaciones muy diversas, para satisfacer sus
10 necesidades emocionales, físicas y económicas, todas ellas con igual demanda de protección
11 jurídica adecuada y justa.”

Este fragmento expresa el propósito y el principio de los cambios sugeridos. El propósito: satisfacer las necesidades de las familias de Puerto Rico. El principio: la igualdad de necesidades de las diferentes familias. Yo añado que estas familias no solo tienen igual demanda de protección jurídica adecuada y justa, sino también el derecho a ella.

¿Y por qué no han de tener derecho a ello? ¿En que se basan los que consideran que estas familias no deben ser consideradas como tal ante la ley? ¿Son válidos sus argumentos? ¿Por qué?

La tercera página de mencionado documento afirma que:

“…Esta
2 visión pretende incluir entre las asociaciones humanas que merecen protección del Derecho, no
3 sólo las que se forman a partir de la unión del hombre y la mujer y su prole, sino también de la
4 unión consciente, continua y responsable de personas que quieren unir sus vidas para satisfacer sus
5 necesidades humanas, emocionales, sociales y económicas aunque no respondan al perfil de la
6 familia tradicional. Ninguna revisión del Derecho de familia que se efectúe al iniciarse el siglo XXI
7 puede obviar esa consideración...”

Me sorprende que el liderato de Puerto Rico demuestre menosprecio por estas familias al manifestar mediante su rechazo a la concepción de un Gobierno que trate con igualdad estos nuevos núcleos familiares. De este modo han demostrado que niegan que estas asociaciones humanas merecen protección de derecho. Aún me pregunto, ¿qué les ha hecho juzgar a los líderes políticos de mi patria que estas PERSONAS no son merecedoras?

Mediante diversas Ponencias, entre ellas la de el Lcdo. William Luckeroth el 2 de mayo de 2007 se han destruido los cimientos de los “argumentos” dados hasta el momento. Ya se han contestando, en Ponencias presentadas en las Vistas para las enmiendas al Código Civil, preguntas como: ¿Desaparecerán las familias constituidas por parejas del mismo sexo, las pareja heterosexuales unidas por convivencia y por hijos, las parejas constituidas por uno o dos individuos que se han decidido por el cambio de género? No desaparecerán, son parte de nuestra sociedad, la constituyen y por tanto merecen la misma protección y derechos que el gobierno le reconoce a la sociedad en discusión.

Creo que existe un punto donde el conocimiento da por resultado la compresión y esta a su vez a la tolerancia, ese punto podría manifestarse de modo que las prácticas religiosas de cada ciudadano o grupo en honor a sus creencias lleve a cabo no sean prohibidas y que cada uno se vea en la libertad de ser quien es en paz, pero a su vez que las instituciones públicas, mientras respetan con sus reglamentos las creencias de cada cual y dan espacio a modificaciones, NO se muestren inclinadas hacia ninguna de las prácticas que han de llevarse a cabo por el ciudadano en el espacio adecuado para ello. La legislación de un país debe dar espacio a la manifestación de las creencias religiosas de cada individuo y por la misma razón no debe regirse por ninguna de esas doctrinas religiosas.

Por tanto, el Gobierno no debe considerar como argumentos válidos para aprobar una ley versículos de la Biblia, ni de ningún otro documento considerado sagrado por religión alguna. En el caso de lo que constituye o no una familia y específicamente la situación actual de la comunidad homosexual en Puerto Rico, que no es la única que se vería afectada ante la aprobación de una medida como la propuesta, el Gobierno no puede ni debe interferir en congregación alguna y obligar a los líderes designados a unir en casamiento a personas del mismo sexo, más sería igual de inconveniente y anticonstitucional no permitir que estas personas se casen ante un juez del país porque la iglesia no quiere que así sea debido a SUS estatutos.

La Resolución Concurrente del Senado 9924 de abril de 2007 Presentada por el señor de Castro Font establece en la Exposición de Motivos:

Entendemos que el Estado, como ente que tiene la obligación de velar por los mejores intereses de sus componentes, y tiene la obligación constitucional de aprobar leyes en protección de la vida, la salud y el bienestar general del Pueblo. En función de ello debe promover y estimular la familia constituida por el matrimonio entre un hombre y una mujer en conformidad con su sexo original de nacimiento.
La familia, cimentada en la unión matrimonial monogámica entre el hombre y la mujer es un bien necesario e imprescindible, que tiene un valor intrínseco en derecho y justicia, a ser reconocido, protegido y promovido por el Estado para la prolongación responsable del género humano. Es por esta razón que el matrimonio está revestido del más alto interés público, el cual entendemos que debe gozar del más alto grado de protección, mediante su elevación a rango constitucional.

Con estadísticas que demuestran que uno de cada cinco matrimonios se divorcian, en un país donde padres siembran hijos en los vientres de sus hijas y el Departamento de la Familia no da abasto para a cantidad de casos de maltrato: ¿Qué los hace pensar que esta elevación constitucional promoverá cambio alguno? ¿De qué manera? ¿Quién le otorgó la potestad para decidir qué estructura es funcional en una familia y cuál llevará al fracaso?

Uno de los argumentos dados respecto a los vástagos que puedan formar parte de una familia excluida en la propuesta enmienda (sea ya porque los padres son homosexuales, transexuales u heterosexuales que decidieron no casarse) es que los hijos e hijas sufrirán debido al discrimen por parte de la sociedad. ¿Pero cuál es la posición más adecuada, que el gobierno legisle apoyando ese discrimen o que lo erradique? ¿No sucedía algo parecido con las mujeres que deseaban unirse a la fuerza laboral y cuando demandaron al gobierno que reconociera su derecho al voto? En estos casos después de arduas luchas el gobierno democrático dio a conocer su posición con un mensaje claro: le daremos la espalda al discrimen y con el tiempo el pueblo también lo hará. En aquel momento, y aun en algunos lugares, se consideraba que la mujer era la base de la familia, que no era lo natural que estuviese fuera de su lugar en el hogar y por tanto, si ella salía a laborar la sociedad estaría perdida.

La Resolución afirma en el último párrafo de la Exposición de Motivos que:
... somos del criterio que al instrumentar esta enmienda constitucional no se deja al fácil trastoque por futuras generaciones de legisladores el cambiar mediante legislación la institución del matrimonio.

No comprendo el afán de muchos de los líderes del país de preferir vivir en hipocresía que responder a las necesidades de las realidades cambiantes de un pueblo. Otra pregunta que ronda en mi mente es: Si el propósito es proteger al matrimonio como institución reconocida por la ley entre hombre y mujer y si una persona cumple con todos los requisitos físicos de un individuo de un sexo ¿por qué excluir a la comunidad transgénero? Esto es la manifestación del más obvio discrimen.

Si se trata de promover el matrimonio legal y limitar la conviviencia con un rechazo a las uniones de hecho, la enmienda no tiene sentido de todos modos. Pues la Corte Suprema ya estableció que después de cinco años de conviviencia los bienes son comunes y por tanto se lleva a cabo un proceso similar al del divorcio. La Alliance Defense Fund (ADF) expresa en sus diez puntos en contra de la inclusión de las uniones de hecho en el Código Civil de Puerto Rico y como una de sus razones para apoyar la enmienda a la Constitución que:

UNIONES DE HECHO HETEROSEXUALES - Abre una ventana de oportunidad a los matrimonios del mismo sexo y a otras variantes de convivencia (concubinato y relaciones extramaritales).

Deseo darle una noticia a la ADF y a todo aquel que comparta su punto de vista en este asunto: la conviviencia existe ya, independientemente de que sea reconocida o no por el Gobiero, por eso es necesaria la inclusión porque estas cosas YA son parte de nuestra realidad. El que las leyes progresen o no, no hará que desaparezcan.

Ahora bien, he conocido personas que alegan que esta enmienda es necesaria para que las personas homosexuales (que son ante todo personas) no expongan en público manifestaciones de cariño por el bien de los menores o de los niños y niñas que puedan presenciar estas manifestaciones. Esta razón queda invalidada ante el hecho de que nuestro deber como formadores de una nueva generación no es aislar a los niños y niñas de la realidad sino enseñarles a comprenderla y proveerle las herramientas necesarias para que se conviertan en ciudadanos provechosos. Por otro lado, las leyes existentes respecto a expocisiones deshonestas cumplen con proteger tanto la intimidad de cada ciudadano como el respeto y la dignidad humana, tanto para heterosexuales como homosexuales. No sobra añadir que este tipo de opinión pone en evidencia un punto muy importante sobre la perspectiva que tiene el pueblo en general sobre la enmienda. Queda demostrado que este tipo de enmienda promueve el discrimen ya que las personas la han interpretado como un modo de limitar la igualdad entre todos los ciudadanos, esta interpretación no es una casualidad...


El reverendo Rashky expresó el 15 de enero de 2008 en el programa televisivo “A calzón quitao’” que los que estamos en contra de la enmienda y a favor de los cambios en el Código Civil queremos imponer el estilo de vida homosexual.
Deseo exponer tres puntos al respecto:

  1. Ser homosexual no es un estilo de vida. La preferencia sexual es un componente de la personalidad pero no un determinante de ella. Nada más veamos las noticias diariamente, poco tiene que ver la preferencia sexual con la calidad de vida de la persona.
  2. El lesbianismo y la homosexualidad ya existen y los problemas de ellos son los MISMOS de los demás pues son igual de ciudadanos que todos. Imponer es negarle el derecho a casarse. Muchos expresan que no les molestan los homosexuales pero que “se queden en sus casas y hagan lo que quieran en ellas”, esto es un expresión claramente prejuiciosa y discriminatoria ¿Por qué habrían de esconderse? ¿Por qué si preferencia sexual es una razón para que sus condiciones y derechos sean diferentes que las del resto de la población?
  3. La enmienda a la Constitución no solo afectará a parejas homosexuales.


El 15 de enero de 2008 un ciudadano llamó al programa “Descarga de Ojeda” para opinar sobre el asunto. Luego de afirmar que el Gobierno debía regirse por la ley de Dios procedió a llamar al moderador del programa, el Sr. Ojeda, “pato”. Me pregunto si ese tipo de expresiones son mandato del dios del que habló al comienzo de la llamada. También me pregunto porqué este tipo de pensamiento no es defendido con tanta pasión y firmeza sobre la venta y uso legal de alcohol en Puerto Rico, respecto a la conocida venta de estos en los las Noches de Clase de las clases graduadas de escuela superior en el país, a la legalidad del tabaco, la contaminación ambiental y otros males que según los estatutos de la Biblia no son permitidos pero que en Puerto Rico son legales. Cometarios como los del Hon. Castro Font al decir que los cambios no controversiales al Código Civil pueden ser aprobados, pero aquellos que a algunos le parecen subjetivamente controversiales quedarán excluidos. Comentarios como el del candidato a gobernación Luis Fortuño al afirmar que apoya la Medida sin haberla leído. Comentarios como el del Gobernador actual de Puerto Rico al afirmar que bajo su administración el matrimonio será entre hombre y mujer dan a entender que lo que el pueblo necesita poco importa.


Demuestran que han hecho caso omiso a la evidencia ofrecida por la academia y se aferran a creencias personales y subjetivas en lugar de considerar la razón como base a la legislación del País. Han preferido darle la espalda a las estadísticas, a los estudios, a los resultados de investigaciones de la academia para vendar los ojos propios y los de la legislación con la tela de las creencias sin base objetiva ni académica. Con tal de no perder votos pasarán a la historia como hombres y mujeres amantes de la ignorancia y por tanto ignorantes. En lugar de ser una de esas personalidades valientes de las que se lee en las clases de historia en la escuela, por los que uno como estudiante desarrolla admiración, respeto y hasta apreciación.Han decidido caminar en pos de lo cómodo para sí mismos y las concepciones que poseen mentalmente en lugar de abrir caminos con sus pasos. Es triste ver como los y las responsables de demostrar la objetividad de la ley y su propósito en servir a toda sociedad como medio para satisfacer sus necesidades, bienestar y sana convivencia; se aferran a la doctrina en lugar de al conocimiento universal. Que lejos demuestran estar del amor al saber, la democracia, la libertad y su base en la igualdad de derechos y deberes. Cuando me refiero a democracia, lo hago creyendo en que su indispensables base es la igualdad, una verdadera democracia NO permite que la mayoría aplasta a la minoría, al contrario, se encarga de evitar precisamente eso. Por eso presisamente sé que un referendum no es necesario para comprender que esta medida nunca debió haber sido considerada.
Realmente espero que esta vez analicen la aprobación de los cambios en base a la evidencia demostrada por la academia y den honor a los puestos que ocupan gracias al pueblo que los formó y luego escogió, del cual siguen y seguirán formando parte.


Yo personalmente soy cristiana y mi fe me a dado vida, una vida que me ha mostrado el valor de la tolerancia y los" lugares comunes" de las diversas religiones. Por eso creo que el Gobierno y sus instituciones deben respetar toda creencia de los ciudadanos que componen el pueblo al que ese Gobierno debe tener como propósito servir, sin inclinarse por ninguna de ellas. ¿Qué tendría por norte entonces el Gobierno? La calidad de vida, la sana convivencia y el bienestar común.
Si aun el Gobierno de Puerto Rico no está listo para incluir las uniones de hecho y los diferentes tipos de familia existentes en las leyes que nos rigen y protegen entonces tampoco las excluyan. Los más justo que podrían hacer mientras tanto es enmendar la Constitución del país de modo que la preferencia sexual no sea motivo de discrimen como actualmente lo es, eso sería una enmienda con sentido.

Liomarys Reyes Santos

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